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jueves, abril 18, 2024

Congreso Mexicano aprobó la rectificación de Actas de Nacimiento para personas Transexuales

Este martes 20 de junio del año 2021, representó un día histórico para la comunidad LGBTIQ del estado de México.

Mediante una reforma al Código Civil Mexicano, el congreso aprobó éste martes, la posibilidad de rectificación de actas de nacimiento, permitiendo que mediante éste documento oficial reflejé su género correspondiente.

A partir de éste día memorable, las personas Transexuales  que deseen realizar dicho cambio, podrán acudir al Registro Civil, para así poder contar con una documentación correspondiente a su género, y dónde sea reflejado el mismo.

Éste dictamen fue expuesto por la diputada; Liliana Gollas Trejo, Quien, además, durante la deliberación, expuso que, con esta aprobación, que debe considerarse «histórica» se cubre una deuda con la comunidad LGBTIQ, mostrando así que la legislatura escucha a todas y todos, reconociendo su derecho a ser diferente.

También contó con la iniciativa presentada por las legisladoras; Araceli Casasola Salazar, Claudia González Cerón y el diputado Omar Ortega Álvarez, quienes incluyeron al Código Civil Mexicano el capítulo “Expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género”

La diputada Anais Miriam Burgos Hernández explicó que las personas que soliciten la rectificación podrán acceder a la obtención de nuevos documentos oficiales con sus nuevos nombres e identidad de género correspondiente, lo que ratifica que dicho procedimiento fue realizado con todo el apoyo y autorización del estado de México.

En la aprobación de éste decreto, se contó con 60 votos a favor, 1 en contra, y 8 abstenciones.

En éste trámite administrativo, las personas deberán acudir ante el Registro Civil haciendo manifiesto de los cambios que desean realizar, siempre y cuando posean capacidad legal; es decir, que sean mayores de 18 años, y no estén sujetas a ningún proceso judicial que afecte los derechos de terceros. Proporcionando los siguientes datos:

Nombre completo, Datos asentados en su acta de nacimiento original con los que fueron registrados, Proporcionar el nuevo nombre con el que desean ser registrados (sin incluir apellidos), Seleccionar el género que solicita poseer, Manifestar bajo protesta que desea realizar dicho procedimiento de forma voluntaria, Firmar y conceder la huella dactilar.

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