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sábado, julio 27, 2024

Prohíben tratamientos de afirmación de género en menores de edad

En Estados Unidos, El Gobernador de Carolina del Sur Henry McMaster promulgó un Proyecto de Ley, a principios de mayo, en el cual se establece una prohibición sobre la atención médica de afirmación de género para menores de dieciocho años.

Recordemos que la afirmación de género son una serie de procedimientos quirúrgicos para personas transgénero que buscan alinear su cuerpo con su identidad de género, esta ley le impide a médicos, proveedores de salud mental y otros profesionales de la salud administrar dichos procedimientos a menores de edad.

Lo anterior incluyen medicamentos bloqueadores de la pubertad, hormonas cruzadas y cirugías de reasignación de género que faciliten una transición física de género.

Esta legislación también exige que los directores de colegios y los maestros notifiquen a los padres cuando sus hijos deseen utilizar un nombre distinto al legal o unos pronombres que no coincidan con su sexo asignado al nacer, todo con el objetivo de proteger a los niños, niñas y adolescentes de procedimientos médicos irreversibles a una edad temprana.

McMaster afirmó en redes sociales que aparte de proteger a los niños de procedimientos irreversibles de transición de género, también se prohíbe el uso de fondos públicos para este fin.

Por otro lado, La Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU) desaprobó el dictamen del gobernador republicano por interferir en las decisiones sanitarias y negar los derechos de los menores trans y sus padres en Carolina del Sur, lo cual convierte a dicho estado en el número 25 en restringir o prohibir el tratamiento de afirmación de género para menores.

La legislación promulgada define la palabra «sexo» como la indicación biológica del hombre y la mujer en el contexto reproductivo, sin tener en cuenta las características psicológicas, elegidas o experiencia subjetiva del género, asimismo sostienen que los niños no deberían tomar decisiones que les cambien la vida y de las que puedan arrepentirse. Por otro lado, los defensores y las familias afectadas por las recientes leyes afirman que dicha atención es vital para los niños trans.

Y es que este no ha sido el único estado que ha prohibido oficialmente los tratamientos de cambio de género, entre ellos está Arkansas, Alabama, Arizona, Florida, Georgia, Indiana, Iowa, Kentucky, Texas entre otros

Cabe destacar que algunos jueces federales han detenido la implementación de estas leyes en Alabama y Arkansas. Mientras tanto, en otros estados todavía se están considerando muchos proyectos de ley, incluido Nebraska, que recientemente avanzó para unirse a esta lista.

En Venezuela, aún no existen leyes que protejan a las personas por su identidad de género, y tampoco hay regulación para el cambio de sexo o nombre legal. Estos procesos están prohibidos en nuestro el país.

Sin embargo, La Ley Organica de Registro Civil en su artículo 146 establece el cambio de nombre propio señalando que “toda persona podrá cambiar su nombre propio cuando este no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad…”pero hasta la fecha, no existe registro de solicitudes de personas trans aprobadas.

Siguiendo lo anterior, La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió una acción constitucional para reconocer el derecho al cambio de nombres y género, invocando el artículo 20 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil. La decisión ordena notificar a varios entes, así como a los solicitantes para que informen sobre su estado civil y presenten documentos que lo demuestren.

Esta Sala ordenó que cada solicitud relacionada con este tema se maneje en un expediente separado, ademas señala que los solicitantes deben proporcionar información detallada sobre su estado civil, incluyendo actas de nacimiento y un informe médico psiquiátrico y psicológico  de un especialista, el cual debe respaldar la identidad sexual pretendida. Con esta novedosa decisión, la Sala Constitucional dio el primer paso para atender las expectativas postergadas de la población sexo diversa.

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Eileen Barrios
Eileen Barrioshttps://lawit.org/
Pasante Legal en LAWIT | VENEZUELA - Estudiante de Derecho - 5/5 UCV'