22.6 C
Caracas
jueves, mayo 2, 2024

Condenan a 7 años de prisión a médico por Mala Praxis

El “Dr.” Francisco Sales Puccini, fue condenado en Colombia a siete años de prisión por Fraude Procesal y falsedad de documento privado. Esto Luego de haber falsificado una maestría en cirugía plástica y realizarle una operación a una mujer, que terminó con los senos desfigurados.

La víctima, llamada Lorena Beltrán, se realizó una mamoplastia de aumento, con este sujeto debido a que mostraba profesionalismo, pero fue todo lo contrario. Luego de la primera intervención, todo parecía muy bien, hasta que se realizó la segunda operación, en la cual los senos de Lorena quedaron completamente deformes, tuvo complicaciones con las heridas y uno de los pezones estaba a punto de desprenderse de la sutura.

Para resolver todo este problema, el Dr. Sales le ofreció a ella una tercera intervención, la cual empeoró aún más las cosas.

Tras un proceso de investigación, Lorena se percató, que el supuesto título de cirugía plástica del Francisco se habría realizado en la Universidad Veiga de Almeida, en Río de Janeiro, convalidado por el Ministerio de Educación colombiano en 2014. Beltrán desesperada, solicita a un amigo que vivía en la ciudad brasileña, que buscara información en dicha universidad, pero lo que no se esperaban, fue que dicha universidad no impartía clases de medicina.

Es así que la víctima toma la decisión de ir al Ministerio de Educación de a reclamar, y para su sorpresa, le informaron que de esa casa de estudios habían sido convalidados más de 34 médicos. El Ministerio alegó, que realizarían un proceso llamado “Caso Similar”, el cual consta en la aprobación de la convalidación similar a otra aprobada en el pasado satisfactoriamente.

Aunada a la denuncia de Lorena, otras pacientes se unieron al reclamo, llegando las investigaciones a medios de comunicación. La fiscalía recibió el expediente de 42 médicos con convalidaciones sospechosas, entre ellos, el del Dr. Francisco, quien junto a 6 médicos más, fue juzgado en un primer grupo.

El proceso judicial comenzó en 2017, y seis años más tarde (en la actualidad) se conoció el veredicto, los médicos quedaron absueltos. Todo esto, gracias a un error de forma, ya que no adjuntaron un soporte en el tiempo correspondiente.

Por suerte, la fiscalía apeló el fallo, por lo que el caso subió a segunda instancia, condenando, el 25 de septiembre, a 7 años de prisión y el pago de 200 salarios mínimos (20.000 $ Aproximadamente) a Lorena por daños y perjuicios.

En Venezuela, los médicos pueden verse involucrados en situaciones, durante el ejercicio de la carrera, en los cuales podrían cometer un delito, sean conscientes de ello o no. De acuerdo al artículo 60 del Código Penal venezolano, “La ignorancia de la ley no excusa ningún delito ni falta”. Por ello, de cometer un error en la práctica de la medicina, habrá consecuencias jurídicas, las cuales están tipificadas en el mismo código.

De acuerdo al artículo 411 “El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o instrucciones, haya ocasionado la muerte de alguna persona, será castigado con prisión de seis meses a cinco años.”. También, el artículo 422 señala que “El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con imprudencia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales, será castigado…”

Adicionalmente, es importante comprender que dentro de la responsabilidad penal del médico encontramos delitos como la estafa, estipulado en el artículo 464 de CP “ El que, con artificios o medios capaces de engañar o sorprender la buena fe de otro, induciéndole en error, procure para sí o para otro un provecho injusto con perjuicio ajeno, será penado con prisión de uno a cinco años…”. El médico podría verse involucrado en un delito de este tipo, si de forma premeditada acordara con el paciente cambiar el diagnóstico con el fin de lograr cobertura del siniestro por parte de una empresa de seguros.

También existe consecuencias jurídicas por falsas certificaciones, las cuales se encuentra estipulada en la Ley del Ejercicio de La Medicina en su artículo 102, numeral 5 “Los médicos o médicas que firmen récipes en blanco, o expidan certificaciones falsas con el propósito de burlar las leyes o para favorecer el incumplimiento de las obligaciones laborales.” En el artículo 121 de la misma ley establece que las sanciones a dicho delito “… Serán castigados o castigadas con prisión de seis meses a dos años…”.

En Venezuela, en el año 2022 de acuerdo al Fiscal General de la República Tarek William Saab se registraron 65 investigaciones por casos de mala praxis y ejercicio ilegal de la medicina.

Uno de esos casos es el de Jose Daniel López, oriundo del estado Aragua, el cual fue imputado por usurpar las funciones de médico general y ginecólogo, presentando un título falso de la Universidad de Los Andes, ubicada en Mérida. Al individuo se le atribuyen más de 20 denuncias por mala práctica de la medicina.  En un caso como este, la Ley de la Mujer juega un papel fundamental, estableciendo en su artículo 19, numeral 20 “Violencia ginecológica: forma de violencia expresada en actos discriminatorios, degradantes y vejatorios de la dignidad de las mujeres practicados y tolerados por el personal de la salud que atente contra su autonomía y sexualidad”

spot_imgspot_img

Subscribe

Related articles

spot_imgspot_img
Mayte Diaz
Mayte Diaz
Jefa de Edición de Gaceta Legal