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sábado, abril 27, 2024

Top 5 de cantantes famosos demandados por derecho de autor

En el extenso universo musical, lo que algunos consideran como inspiración, para otros puede parecer una copia, incluso esto último puede dar lugar a una acusación de plagio. En el siguiente artículo, exploraremos casos recientes de artistas como Ed Sheeran, Karol G y otros cantantes que incluso han llegado a tribunales para determinar autoría.

Ed Sheeran:

Tras el veredicto Nueva York en el corriente año, se determinó que no hubo plagio, por parte de Ed Sheeran, a la canción «Let’s Get It On» de Marvin Gaye. El británicon fue absuelto de una demanda presentada por Structured Asset Sales, LLC (SAS) compañía que posee los derechos del fallecido artista.

El demandante alegó que la canción de Sheeran de 2014, «Thinking Out Loud», había extraído partes del éxito de Marvin Gaye de 1973. Según Pitchfork, SAS adquirió un tercio de los derechos de autor de la canción de Gaye y buscó una compensación de $100 millones en daños. Sin embargo, el juez federal de distrito Louis Stanton desestimó la demanda, concluyendo que Sheeran y su co-escritora, Amy Wadge, no habían plagiado ninguna parte de la canción de Gaye.

Karol G:

Es bien pasado varios años desde el lanzamiento de la canción “Don’t Be Shy”, publicada en el 2021, la cual fue una colaboración entre DJ Tiësto y la Karol G. A finales de agosto de este año recibieron una demanda de presunto plagio, en manos del cubano René Lorente, quien es músico y compositor.

La demanda se interpuso en un tribunal estadounidense en el estado de Puerto Rico. En el reclamo señalan que “Don’t Be Shy” sería un plagio de la canción “Algo Diferente”, registrada desde 1998 a nombre de René Lorente. El artista señala en la demanda que ha estado pasando por un momento de «angustia mental, humillación, daño a la reputación y vergüenza», debido a ese motivo espera que la remuneración de 3 millones de dólares.

Bad Bunny:

No podemos dejar por fuera a uno de los artistas más populares en el género reguetonero, Benito Antonio Martínez Ocasio, mejor conocido como «Bad Bunny». Este fue demandado por Missy Elliot, una rapera estadounidense, debido a que el puertorriqueño utilizó en su canción “Safaera” un arreglo original de la canción “Get ur freak on”, la cuál fue escrita por ella misma y producida por Timbaland en 1995 e hizo parte del álbum “Rare essence”.

Ante esta demanda, Benito tuvo que pagar una gran suma de dinero por derechos de autor, además de ello Elliot obtuvo el 90 % de las ganancias de la canción. Bad Bunny solo obtuvo un 1 % de ganancias de la exitosa pieza, al igual que Jowell, Randy y Ñengo Flow, colaboradores del tema.

Dua Lipa:

La famosa cantante Británica enfrenta doble demanda por su éxito más escuchado en el 2021 en Estados Unidos, “Levitating”. La cantante habría sido señalada por violar los derechos de autor de Miguel Bosé.

El demandante afirma que la exitosa canción es una copia de dos temas, ya que es “sustancialmente similar” a la canción de 1979 de Cory Daye “Wiggle and Giggle All Night”, escrita por L. Russell Brown y Sandy Linzer. Asimismo, también tiene un gran parecido a la canción de 1980 “Don Diablo”, del español Miguel Bosé, según la revista People.

Demanda histórica de Steely & Clevie:

Para cerrar este Top 5, nos encontramos con una de las demandas más grandes en la historia musical, la misma ha sido presentada en reiteradas ocasiones por los abogados de los productores jamaicanos de reggae Steely & Clevie. Ellos sostienen que más de 100 artistas y discográficas infringieron los derechos de autor de un ritmo presente en su canción “Fish Market”.

Entre los artistas demandados se pueden encontrar; Bad Bunny, Maluma, Daddy Yankee, Chris Jedi, Anuel AA, Yandel, Juan Carlos Salinas Jr. Luny, Tunes, Sech, Raphy Pina, Tainy, Ozuna, Wisin y demás artista.

Luis Fonsi no se quedó atrás, ya que es uno de los principales demandados debido a que al menos 10 de sus canciones utilizan el ritmo de los demandantes. Algunos de los artistas que acompañan al boricua en la demanda, son Mauricio Rengifo (El Dandee), Andrés Torres, Myke Towers, Ozuna, Erika Ender, Justin Bieber, Dyo, Stefflon Don, Nicky Jam, Sebastián Yatra, Pablo Arevalo Llano, Farruko y  Rauw Alejandro son algunos de los cantantes mencionados.

Los abogados de “Bad Bunny” señalan que los demandantes intentan “monopolizar para sí prácticamente todo el género musical del reguetón”, al reclamar la propiedad de los derechos de autor de composiciones musicales sampleadas por más de 100 artistas en más de 1.600 canciones.

Es fundamental destacar que el plagio es una usurpación de autoría que involucra la apropiación indebida de una obra creativa, ya sea literaria, artística o científica, al replicarla de forma idéntica o similar, pretendiendo ser el autor legítimo de dicha pieza.

En Venezuela, el plagio no es considerado un hecho punible autónomo, es más bien contemplado como una agravante de cualquiera de los delitos establecidos en la Ley sobre el Derecho de Autor.

Esto plantea una situación en cuanto a la protección de los derechos de autor, claramente existen delitos tipificados en la ley que abordan las violaciones al derecho de autor, pero el hecho de que el plagio sea considerado únicamente como una agravante limita su reconocimiento y sanción independiente que a diferencia de otros países que si consideran el plagio como un delito autónomo por los elementos que lo conforman.

Un ejemplo de lo anterior es que el Código Penal de España tipifica en su artículo 270 lo siguiente:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o sus cesionarios”

A diferencia de Venezuela, que estipula en su artículo 122 de la Ley de Derechos de Autor:

“Las penas previstas en los artículos precedentes se aumentarán en la mitad cuando los delitos señalados sean cometidos respecto de una obra, producto o producción no destinados a la divulgación, o con usurpación de paternidad, o con deformación, mutilación u otra modificación de la obra, producto o producción que ponga en peligro su decoro o la reputación de una de las personas protegidas por la Ley”

El plagio, en nuestro país, afecta el derecho de paternidad del autor, que es cuando el creador tiene el derecho de exigir que se le mencione como autor de la obra, también puede afectar los derechos patrimoniales, ya que arremete contra la exclusividad que tiene el autor sobre la explotación de la obra e interfiere en su derecho de reproducción y distribución.

El plagio no solo afecta a los creadores originales, sino que también puede tener consecuencias legales y éticas para quienes lo cometen. En nuestra Legislación el derecho de autor dura toda la vida y solo se extingue a los sesenta años contados a partir del primero de enero del año siguiente al de su muerte, incluso en las obras no divulgadas durante su vida.

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Eileen Barrios
Eileen Barrioshttps://lawit.org/
Pasante Legal en LAWIT | VENEZUELA - Estudiante de Derecho - 5/5 UCV'